¿Me devolverá la fianza?
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Por motivos a parte, tengo que dejar el piso en el que vivo ya que no puedo pagarlo... La casera es muy simpática y ya le avisé aunque sin decirle fecha. Ella lo entendió.
La duda viene que no se si por el contrato, me tiene que devolver la fianza o no.
Los puntos interesantes son:
"el plazo pactado de duración del presente contrato de arrendamiento es el de UN AÑO, a contar de la fecha de otorgamiento, es decir, desde el día uno de enero de 2008, por lo que concluirá precisa y necesariamente llegado el día uno de enero del año 2009, debiendo notificar la parte arrendataria, por medio que deje constancia, con un mes de antelación a la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo. En el caso de necesidad por parte de la arrendadora para su uso propio, deberá comunicárselo con un mes de antelación al arrendatario quedando así sin efecto la prórroga automática que dispone la ley."
"De conformidad con las condiciones que anteceden la parte arrendataria toma posesión de la vivienda arrendada, a su plena satisfacción y se obliga a devolverla en iguales condiciones que ahora confiesa recibirla, entrega en este acto la renta correspondiente a la primera mensualidad y deposita en poder de la propiedad la cantidad de XXXXXXXX EUROS (XXXXXXXXX euros), en concepto de fianza, que le será devuelta a la terminación del contrato en el solo supuesto de que no se encuentre afectada a responsabilidad de clase alguna, así como en el supuesto previsto en la cláusula quita del presente contrato."
La cláusula quinta que aparece es la referente a los gastos de agua, luz y comunidad.
He escrito todo tal cual aparece en el contrato salvo el dinero que aparece con equis.
Un saludo y muchas gracias




