
En España, la venta de animales no está muy controlada y la legislación es una mezcla entre la Ley de Comercio y las Leyes de Protección Animal. Según Marta Esteban, criadora y responsable de la residencia canina 'Nariz de Nieve', "para que los dueños estén seguros del pedigree de su perro sería muy importante que se regulasen las responsabilidades del criador".


Según apunta la experta, para tramitar la inscripción de nuestro cachorro en el L.O.E. necesitamos completar el formulario de alta camada en un plazo máximo de 30 días después del nacimiento. Dicho trámite será firmado por los propietarios de la hembra y del macho?. Además, todos los documentos deben ser presentados antes del año de vida.


Si el perro cumple todos estos requisitos, el dueño deberá inscribirle en cualquier exposición de las organizadas por la R.S.C.E., para que un juez de la organización valore al animal. En caso de certificar la raza, será inscrito automáticamente en el Registro de Razas Caninas. Tal y como nos explica Eduardo de la Parra, "esto en ningún caso equivale al pedigrí: el certificado del L.O.E llegará con la tercera generación del animal".
El momento del cruce
Cualquier persona puede cruzar dos ejemplares con pedigree y comerciar con ellos. Lo primero a tener en cuenta es que para que la camada tenga pedigrí, ambos progenitores deben poseerlo. Es decir, si uno de ellos posee sólo el R.C.C. o no es de raza, sus cachorros en ningún caso podrán ser inscritos en el Libro de Orígenes Español.
La criadora Marta Esteban nos advierte "que a la hora de cruzar a los perros debemos tener en cuenta el código de la R.S.C.E", puesto que en el mismo se recoge que el macho debe ser mayor de diez meses y la hembra tener más de un año. Asimismo, la edad tope son los diez años para las hembras y los doce para el macho. Aunque los perros sean de la misma raza debemos asegurarnos de que no hay incompatibilidades de cría por el color o por el tamaño.


En lo relativo a la edad del cachorro, en el momento de la compra varía dependiendo de la región. Por ejemplo, en Asturias no se pueden vender animales antes de las ocho semanas de vida, mientras que la normativa andaluza prohíbe la venta de mamíferos antes de los cuarenta días. Eva León asegura que ocurre algo similar a nivel internacional, puesto que cada país fija unos requisitos distintos para conceder el certificado de pedigrí.
En definitiva, la mejor arma a la hora de comprar un perro es la información acerca de los trámites y de la legislación que rige en nuestra Comunidad Autónoma. Desgraciadamente, el tráfico de animales está a la orden del día, por lo que debemos ser responsables y asegurarnos que nuestro cachorro procede de manos de un autentico profesional.